martes, 24 de mayo de 2016

AUTORIDAD ESCOLAR

La Autoridad Escolar


Como en todas las organizaciones humanas, en la escuela también hay personas responsables del buen funcionamiento de ella.

La máxima autoridad de tu colegio es el DIRECTOR o DIRECTORA.

Luego están los PROFESORES JEFES.

Por sobre ellos, pero no presentes en el colegio, están las autoridades de gobierno del sector Educación.


La autoridad del colegio debe velar porque se cumplan los programas educativos y porque los alumnos mantengan un buen comportamiento


      AUTORIDAD ESCOLAR

Gobierno Escolar

Es el organismo garante de la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispone el artículo 142 de la ley 115 de 1994. Su conformación pluralista con la concepción de la autoridad centrada en personas, para asumirla como ejercicio de la participación y de la democracia por parte de un grupo representativo de la comunidad educativa. La concepción de “poder” que tradicionalmente ha estado en cabeza de los directivos y de los maestros se transforma en una concepción del ejercicio de la autoridad como servicio de procesos, en donde la comunidad es quien ejerce la veeduría, el control y la evaluación constante en aras de la transformación de la realidad educativa en todo momento.

En general, el gobierno escolar está previsto como la autoridad máxima y la última instancia escolar, para articular los procesos administrativos, académicos y de proyección comunitaria, para buscar solución concertada a los conflictos, gestionar y decidir todo lo pertinente al ser y al quehacer de la institución educativa. Los órganos constitutivos del gobierno escolar están claramente determinados en el Capitulo IV del Decreto 1860, sobre todo en lo que respecta al consejo directivo, al consejo académico y al rector.

El Gobierno Escolar de la Institución Educativa Técnica Juan XXIII de Malambo, está constituido por el Consejo Directivo, el Consejo Académico, el Consejo Estudiantil y el Rector de la institución. El proceso de elección de los miembros del Gobierno Escolar se realiza atendiendo las pautas de un Estado Social de Derecho Democrático y Participativo, en la que los miembros de la comunidad educativa asisten masivamente a las urnas para elegir al candidato de sus ideas. Las elecciones se realizan dentro de las primeras cuatro semanas después de iniciado el año escolar.
Rector
Consejo Estudiantil
Consejo Académico
Consejo Directivo



Una nueva visión para la espiritualidad y la libertad
El Gobierno escolar fundamenta su acción en las disposiciones legales vigentes; las nuevas formas y procesos de participación democrática; el ejercicio de la mediación y elaboración de normas y acuerdos de convivencia; y en los principios educativos de la Congregación. Es  la estrategia organizativa que promueve mecanismos de participación en la comunidad educativa para la definición, despliegue y logro de objetivos institucionales.
El gobierno escolar, como instancia de participación, promueve la dignidad de las personas, el sentido democrático, el pluralismo, la libertad, el respeto mutuo, el diálogo, la tolerancia, la actitud crítica y propositiva para conformar  una sociedad abierta  y gestora de su desarrollo. Para ello, el Colegio del Rosario de Santo Domingo favorece la participación de los organismos colegiados en las actividades  y toma de decisiones conjuntas para el logro de objetivos comunes. Lo hace desde el principio democrático de la orden dominicana.
La formación del sentido ciudadano es una necesidad que encuentra en la cotidianidad del Colegio un escenario privilegiado para desarrollar habilidades sociales. Allí se aprende a vivir con otros, a crecer juntos, a trabajar en equipo, a identificar las diferencias pero también los componentes para la unidad, los intereses particulares y el bien común al que propende la actitud auténticamente política en sociedad.
ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
Las instancias que conforman el gobierno Escolar están constituidas legalmente según las disposiciones establecidas por el MEN según el artículo  142 ley 115 de 1994, y su Decreto Reglamentario  1860 de agosto 3 de 1994 para todas  las instituciones educativas. Las funciones y tareas que aborda cada instancia, están contempladas en el Manual de Convivencia Institucional  en el capítulo  correspondiente al Gobierno Escolar y guardan coherencia con los requerimientos de ley.




EJEMPLO DE CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE LA AUTORIDAD ESCOLAR

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